Advanced Search

HOSPITAL DE SAN JOSE.—SE DISPONE SU ADQUISICIÓN POR LA CAJA DE SEGURO Y AHORRO OBRERO.


Published: 1947-03-10
Read law translated into English here: https://www.global-regulation.com/translation/bolivia/3096501/hospital-de-san-jose.se-dispone-su-adquisicin-por-la-caja-de-seguro-y-ahorro-obrero.html

Subscribe to a Global-Regulation Premium Membership Today!

Key Benefits:

Subscribe Now for only USD$40 per month.

LEY DE 21 DE NOVIEMBRE DE 1947

HOSPITAL DE SAN JOSE.—Se dispone su adquisición por la Caja de Seguro y Ahorro Obrero.

ENRIQUE HERTZOG G.

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL H. CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ArtÃ-culo 1o.—Adquiéranse las instalaciones del Hospital de San José, en la ciudad de Oruro, por la Caja de Seguro y Ahorro Obrero, previa estimación de su valor actual a cargo de peritos.

ArtÃ-culo 2o.—De acuerdo a las finalidades, de la Caja de Seguro y Ahorro Obrero, el mencionado Hospital será librado al servicio de los trabajadores mineros de San José, y de todos los obreros de la ciudad que contribuyen con sus aportes a la institución.

ArtÃ-culo 3o.-—Mientras se cumplan los trámites correspondientes, autorÃ-zase al Poder Ejecutivo a tomar las medidas más convenientes para que las instalaciones del Hospital no sean trasladadas.

ComunÃ-quese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 11 de noviembre de 1947.

M. Urriolagoitia.—A. LandÃ-var Ribera.— M. Mogro Moreno, Senador Secretario.—A. Sarti, Senador Secretario.— P. Montaño, Diputado Secretario.—A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario.

POR TANTO: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiun dÃ-as del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y siete años.

E. HERTZOG.—D. Gamarra.