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MATADERO MUNICIPAL DE TRINIDAD.— MODIFÍCASE LA LEY DE 2 DE DICIEMBRE DE 1947, DESTINANDO FONDOS PARA SU TRASLADO Y CONSTRUCCIÓN.


Published: 1947-03-10
Read law translated into English here: https://www.global-regulation.com/translation/bolivia/3096321/matadero-municipal-de-trinidad.-modifcase-la-ley-de-2-de-diciembre-de-1947%252c-destinando-fondos-para-su-traslado-y-construccin.html

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LEY DE 3 DE NOVIEMBRE DE 1948

MATADERO MUNICIPAL DE TRINIDAD.— ModifÃ-case la ley de 2 de diciembre de 1947, destinando fondos para su traslado y construcción.

ENRIQUE HERTZOG G. PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto: el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

Artculo 1°— ModifÃ-case el inciso c) del artÃ-culo 1° de la Ley de 2 de diciembre de 1947, en la siguiente forma: "Para traslado y construcción del nuevo Matadero Municipal de Trinidad, Bs. 105.304.54".

ArtÃ-culo 2°— La suma de doscientos mil bolivianos (Bs. 200.000.—) asignada por el inciso b) de la ya citada Ley para refacción del Mercado Público de la capital beniana, pasará a reforzar la obra a que se refiere el inciso anterior.

ComunÃ-quese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 25 de octubre de 1948.

M. Urriolagoitia.— A. LandÃ-var Ribera.— C. López Arce, S. S — Ml. Diez Canseco, S. S.— A. Quezada A., D. S.— D. Imaña Monterrey, D. S.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los tres dÃ-as del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y ocho años.

E. HERTZOG.— José Romero Loza.