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MEDINACELI EMILIO.— SE LE PAGARÁ EL 50% DE LOS HABERES QUE PERCIBÍA.


Published: 1940-04-15
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LEY

MEDINACELI EMILIO.— Se le pagará el 50% de los haberes que percibÃ-a.

ENRIQUE PEÑARANDA C.

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

POR CUANTO, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley.

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ArtÃ-culo único.— Con imputación al Item de "Maestros sin cargo" de la presente gestión económica, se pagará al profesor Emilio Medinaceli, el cincuenta por ciento del ultimo haber, bonificado, que percibÃ-a, desde enero a diciembre inclusive de 1941.

ComunÃ-quese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 20 de noviembre de 1941.

A. Galindo.— Jorge Araoz C.— Gastón MujÃ-a, Senador Secretario.— Julio Céspedes Añez, Senador Secretario.— Carlos Wálter Urquidi, Diputado Secretario.— Félix Eguino Z., Diputado Secretario.

POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.

Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veintisiete dÃ-as del mes de noviembre de mil novecientos cuarentiun años.

GRAL. PEÑARANDA.— Arturo Pinto Escalier.