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IMPUESTOS.—SE CREA PARA LA CONSTRUCCIÓN DEL CAMINO DE AUTOS ENTRE RÍOS-SALINAS


Published: 1947-03-10
Read law translated into English here: https://www.global-regulation.com/translation/bolivia/3096546/impuestos.se-crea-para-la-construccin-del-camino-de-autos-entre-ros-salinas.html

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LEY DE 13 DE NOVIEMBRE DE 1947

IMPUESTOS.—Se crea para la construcción del camino de autos Entre RÃ-os-Salinas

ENRIQUE HERTZOG G.

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL H. CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ArtÃ-culo 1o.—Con el exclusivo fin de incrementar los recursos de Prestación Vial destinados a la construcción del camino de autos Entre-RÃ-os Salinas, se modifican:

a) El artÃ-culo 1o. de la ley de 6 de enero de 1934 elevando el impuesto establecido en Bs. 6.—por cada camión o automóvil particular que pase por el camino Tarija-Entre RÃ-os Villa Montes.

b) El inciso a) del artÃ-culo lo. de la Ley de 27 de noviembre de 1945, en cuanto a las hojas de ruta expedidas por la oficina de Tránsito de Trija y sus dpendencias sobre la ruta Entre RÃ-os-Palos Blancos-Villa Montes.

ArtÃ-culo 2o.—Estos impuestos serán destinados desde la promulgación de esta Ley, a la construcción del prenotado camino de autos Entre RÃ-os Salinas, debiendo centralizarse en el Tesoro Departamental de Vialidad, con intervención del Comité Provincial de Obras Públicas de O'Connor.

ArtÃ-culo 3o.—Con igual objeto de hacer efectiva dicha carretera, se consignará en el Presupuesto de Vialidad del año 1948 la suma de Cien mil bolivianos (Bs. 100.000.—).

ComunÃ-quese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 25 de octubre de 1947.

M.Urriolagoitia.—A. LandÃ-var Ribera.—N. GarcÃ-a Chávez, Senador Secretario.—P. Saucedo BarberÃ-, Senador Secretario.—P. Montaño, Diputado Secretario. A. Camacho Pórcel Diputado Secretario.

POR TANTO: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los trece dÃ-as del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y siete años.

E. HERTZOG G.— C. Valverde.