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EXONERACION DE IMPUESTOS.— CONCÉDESE POR CINCO AÑOS, A LOS FUNDOS AFECTADOS POR LAS RIADAS DE 1946 Y 1947, DEL CANTÓN SAPAHAQUI, PROV. LOAYZA.


Published: 1947-03-10
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LEY DE 28 DE DICIEMBRE DE 1948

EXONERACION DE IMPUESTOS.— Concédese por cinco años, a los fundos afectados por las riadas de 1946 y 1947, del Cantón Sapahaqui, Prov. Loayza.

ENRIQUE HERTZOG G.

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por cuanto: el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ArtÃ-culo 1°— En vista de los graves desperfectos ocurridos en el cantón Sapahaqui de la Provincia Loayza por la riada del 31 de diciembre de 1946 y 13 de enero de 1947, se exonera del Impuesto Catastral a todos los fundos que fueron afectados por dicho siniestro por el término de cinco años a partir del presente año de 1948.

ArtÃ-culo 2°— Esta exoneración se hará de acuerdo con los resultados que se han verificado por el Ministerio de Agricultura durante el año 1947 y las que pueden hacerse en cumplimiento de esta ley.

ComunÃ-quese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 18 de diciembre de 1948.

M. Urriolagoitia.— A. LandÃ-var Ribera.— C. López Arce, S. S.— A. Sarti, S. S.— P. Montaño, D. S.— D. Imaña Monterrey, D. S.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veintiocho dÃ-as del mes de diciembre de mil novecientos cuarenta y ocho años.

E. HERTZOG.— José Romero Loza.