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COMITÉ DE OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS.— BENI.— LEY DE 30 DE NOVIEMBRE DE 1956.— SE AUTORIZA LA INVERSIÓN DE SUMA RECAUDADA POR CONCEPTO DE REVERTIBLES EN LA EJECUCIÓN DE VARIAS OBRAS.


Published: 1956-08-06
Read law translated into English here: https://www.global-regulation.com/translation/bolivia/3095572/comit-de-obras-y-servicios-pblicos.-beni.-ley-de-30-de-noviembre-de-1956.-se-autoriza-la-inversin-de-suma-recaudada-por-concepto-de-revertibles-en-la-.html

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LEY DE 30 DE NOVIEMBRE

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

Por Cuanto: El Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

ArtÃ-culo único.— De conformidad con el Decreto Supremo N° 4223 de 17 de Noviembre de 1955, se autoriza al Comité de Obras y Servicios Públicos del Beni para invertir la suma de Bs 115.909.906.oo recaudados por la Agencia del Banco Central de Trinidad en concepto de revertibles, en la ejecución de las siguientes obras, con la fiscalización de la Contraloria General de la República:

Conclusión de estudios y trabajos de la carretera Trinidad-Casarabe Bs. 80.000.000.oo.

Adquisición de materiales de mantenimiento, herramientas y reparación de motores de la planta de energÃ-a eléctrica de Trinidad Bs. 3.909.906.oo.

Edificaciones escolares y Obras Públicas de Santa Ana BS15.000.000.oo.

Adquisición o edificación de un local para el Colegio Secundario de San JoaquÃ-n Bs.10.000.000.oo.

Reparación de la planta de luz eléctrica de San Ignacio de Moxos, Bs 5.000.000.oo. Rehabilitación de aguas potables en la misma localidad Bs 2.000.000.oo.

ComunÃ-quese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

La Paz, 22 de noviembre de 1956.

Barbery Ibáñez, Presidente del Senado Nacional.— Renán Castrillo, Presidente de la H. Cámara de Diputados.— Eufronio Hinojosa, Senador Secretario.— Ciro Humboldt B., Senador Secretario.— Luis F. Oropeza, Diputado Secretario.— Zenón Barrientos Mamani, Diputado Secretario.

POR TANTO: La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los treinta dÃ-as del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y seis años.

(Fdo.) HERNAN SILES ZUAZO.— C. Morales Guillén, Ministro de EconomÃ-a Nacional.