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Ley 256


Published: 2012-07-12
Read law translated into English here: https://www.global-regulation.com/translation/bolivia/3094802/ley-256.html

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LEY Nº 256

LEY DE 11 DE JULIO DE 2012

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

D E C R E T A:

ARTÍCULO ÚNICO.

I. De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado,

se aprueba el Contrato de Préstamo suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la Corporación Andina de Fomento ? CAF, en fecha 23 de marzo de 2012 y su enmienda de fecha 29 de mayo de 2012, por la suma de hasta $us. 27.500.000,00.- (VEINTISIETE MILLONES QUINIENTOS MIL 00/100 DÓLARES ESTADOUNIDENSES), destinados a financiar el ?Programa de Prevención de Desastres Naturales en Bolivia?.

II. Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas a través del Tesoro General de la Nación, asumir el repago

de las obligaciones que sean contraídas en la ejecución del Contrato de Préstamo aprobado por la presente Ley.

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dado en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los tres días del mes de julio de dos mil

doce años.

Fdo. Andrés Agustín Villca Daza, Rebeca Elvira Delgado Burgoa, Mary Medina Zabaleta, David Sánchez

Heredia, Luis Alfaro Arias, Angel David Cortéz Villegas.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de julio del año dos mil doce.

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Rubén Aldo Saavedra Soto, Elba Viviana Caro

Hinojosa, Luis Alberto Arce Catacora.